En un fallo dividido por 4 votos contra 3, el máximo tribunal provincial dejó sin efecto el límite equivalente a 20 jubilaciones mínimas. El Gobierno de Maximiliano Pullaro cuestionó duramente la decisión y analiza recurrirla.
La Corte Suprema de Justicia de Santa Fe declaró inconstitucional el tope establecido para las jubilaciones más altas de la provincia, una de las medidas centrales de la reforma previsional impulsada por el Gobierno santafesino.
La decisión fue adoptada mediante una ajustada votación de cuatro votos contra tres y abrió inmediatamente una nueva controversia política e institucional, ya que el límite cuestionado también alcanza a integrantes del Poder Judicial.
¿Cuál era el límite?
La Ley de Emergencia Previsional había establecido que ninguna jubilación alcanzada por el régimen provincial pudiera superar el equivalente a 20 jubilaciones mínimas.
Antes de la aplicación de ese límite, los haberes previsionales más elevados podían llegar hasta aproximadamente 30 veces el valor de una jubilación mínima.
La medida formaba parte del paquete aprobado para reducir el déficit de la Caja de Jubilaciones y Pensiones de Santa Fe.
El planteo contra el tope que terminó siendo analizado por la Corte había sido presentado por la camarista penal Elena Virginia Ramón. El máximo tribunal consideró finalmente que la restricción establecida por la ley resultaba inconstitucional.
Fuerte reacción del Gobierno provincial
La resolución generó una dura respuesta de la administración de Maximiliano Pullaro.
El secretario de Seguridad Social, Jorge Boasso, cuestionó que integrantes de la Corte hayan intervenido en una decisión cuyos efectos podrían alcanzarlos personalmente.
El funcionario también señaló que la sentencia puede ser recurrida y que la estrategia jurídica será definida conjuntamente por la Fiscalía de Estado y el gobernador.
Desde el Gobierno provincial indicaron, además, que el universo directamente alcanzado por la discusión sobre el tope sería reducido: alrededor de 50 personas de distintos poderes del Estado cobran haberes superiores a 20 jubilaciones mínimas.
¿Qué pasó con el aporte solidario?
La Corte también analizó otro punto sensible de la reforma previsional: el denominado aporte solidario, aplicado sobre determinados activos y jubilados para contribuir a reducir el déficit de la Caja.
En este caso, el máximo tribunal no resolvió de la misma manera.
Consideró que el amparo presentado no era la vía procesal correspondiente y otorgó a los demandantes un plazo de 30 días para llevar el reclamo ante la Cámara en lo Contencioso Administrativo.
Los aportes solidarios, de acuerdo con lo previsto, dejarán de aplicarse en septiembre tanto para activos como para pasivos.
Un fallo que abre otro capítulo
La decisión judicial vuelve a colocar en el centro de la discusión el sistema previsional santafesino y, particularmente, la diferencia existente entre las jubilaciones ordinarias y los haberes más elevados correspondientes a determinados funcionarios y miembros de los poderes del Estado.
El fallo no significa necesariamente el cierre de la controversia. El Gobierno provincial anticipó que estudia recurrir la resolución, por lo que la discusión jurídica alrededor del tope previsional podría continuar.
