La medida permite mantener determinadas prestaciones sociales al acceder a un empleo registrado en actividades rurales temporales y estacionales. La extensión rige desde el 1 de septiembre de 2026.
El Gobierno nacional prorrogó por un año el régimen que permite compatibilizar el trabajo rural temporario registrado con el cobro de determinados programas y prestaciones sociales. La decisión se formalizó mediante el Decreto 1204/2026, publicado este lunes 19 de octubre en el Boletín Oficial.
La disposición extiende la vigencia del Decreto 514/2021 y sus normas complementarias y aclaratorias, en cuanto resulten aplicables. El nuevo período se cuenta desde el 1 de septiembre de 2026, por lo que se prolonga hasta el 31 de agosto de 2027.
El objetivo es favorecer la contratación formal en actividades rurales sujetas a temporadas y ciclos productivos, evitando que el acceso a esos empleos implique la pérdida automática de las prestaciones alcanzadas por el régimen.
La compatibilidad comprende determinadas modalidades laborales y beneficios sociales, de acuerdo con las condiciones de la normativa. Por eso, su aplicación depende del tipo de contratación y de la prestación que perciba cada trabajador.
Protección de los ingresos familiares
El esquema también mantiene una garantía sobre las asignaciones familiares correspondientes a los trabajadores comprendidos: sus montos no deben ser inferiores al equivalente al 100% del valor de la Asignación Universal por Hijo, bajo los términos establecidos por las normas complementarias.
La continuidad había sido solicitada por representantes de las economías regionales, asociaciones sindicales y entidades de productores. En los fundamentos de la decisión, el Ejecutivo sostuvo que estas medidas contribuyeron a la inclusión laboral y a mejorar los ingresos de los trabajadores rurales y sus familias.
